Cobran impuesto sobre trámites documentales en efectivo ante la ausencia de sellos timbrados

El régimen cubano se vio obligado a emitir la resolución 685/2022, del Ministerio de Justicia (MINJUS), para autorizar el cobro en efectivo del impuesto sobre trámites documentales ante la escasez de sellos timbrados que es la vía tradicional con la cual se grava la prestación de servicios notariales y registrales.

La decisión llega luego de la promesa incumplida de impresión de siete millones de sellos que se dio hace algunas semanas, cuando sorprendentemente el Estado admitió que no tenía sellos disponibles y culpó al aumento de la demanda de los servicios de trámites.

Además del dinero en efectivo, el pago también se podrá hacer por medios electrónicos en las propias notarías, registros de la propiedad, registros mercantiles y en los bufetes especializados que cuenten con esa tecnología.

La nueva normativa que aparece publicada en la Gaceta Oficial del viernes 23 de diciembre, refiere que el funcionario público encargado de hacer el trámite debe “acceder con el número del documento de identidad oficial del usuario al Portal de la Plataforma Transfermóvil, donde cancelará el valor correspondiente y consigna en el documento autorizado el código de pago de la Agencia Bancaria donde se efectuó la operación”.

Si no es posible el acceso al portal de Transfermóvil desde el equipamiento informático de cada unidad, entonces se “autoriza a realizar ese trámite a través de un teléfono móvil, al tratarse de un servicio gratuito.”

El MINJUS aclara que todo el dinero recaudado por el pago del valor del impuesto sobre documentos públicos se ingresa al Presupuesto del Estado mediante las vías establecidas al efecto. Este asunto será revisado en futuros controles de auditorías.

En este sentido, se faculta a los directores provinciales y municipales de Justicia y de los bufetes especializados como responsables de la instrumentación de lo legislado, incluyendo los ajustes que en las áreas económicas y contables deben realizarse para garantizar el estricto control del ingreso de este impuesto al Presupuesto del Estado

En el caso de los registros del Estado Civil que expiden certificaciones sin el sello, deben hacer constar expresamente en la nota del registrador de la propia certificación que el impuesto ya fue abonado por el usuario del servicio.

Por último, la resolución firmada por el ministro de Justicia, Oscar Manuel Silvera Martínez, les pide a los trabajadores del sector que no pongan trabas ante la implementación del nuevo sistema que ha sido adoptado por obligación ante la escasez de sellos timbrados.

Hay que “facilitar los trámites y conocimiento de las variantes de pago del impuesto sobre documentos públicos y, especialmente, garantizar que todas las personas reciban los servicios con respeto, amabilidad, desempeño ético, profesional y diligente, con educación formal y decencia.”

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