Régimen castrista extiende vigencia del pasaporte y lo exigirá a todos los cubanos que quieran entrar a la Isla

El régimen castrista anunció una serie de medidas migratorias que incluyen la extensión de la vigencia del pasaporte cubano y lo exigirán a todos los cubanos que quieran entrar a la Isla.

De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (Minrex) todos los pasaportes que se confecciones desde el 1 de julio de 2023 durarán 10 años en caso de que la persona sea mayor de 16 años. La vigencia para menores de esa edad solo será de cinco años.

Sin embargo, a los cubanos que se exiliaron en distintos países en fecha anterior al 1.º de enero de 1971 se les exigirá el pasaporte cubano para entrar a la Isla.

Hasta el momento eso no era necesario, pues los emigrados antes de 1971 solo debían realizar una solicitud ante la oficina consular de Cuba en su país de residencia para contar con una Habilitación de una sola entrada, denominada HE-11. Pero según la versión oficial del Minrex, las nuevas medidas se adecúan para cumplir con la Constitución de la República aprobada en 2019.

El precio del pasaporte en los consulados de Cuba en el extranjero disminuirá hasta los 180 dólares/euros para mayores 16 años y 140 dólares/euros para menores de edad. Dentro de Cuba no habrá cambios y la tarifa para solicitar un nuevo pasaporte se mantiene en 2.500 pesos cubanos (CUP).

En todos los casos se elimina la prórroga que debía hacerse cada dos años. Por otra parte, los funcionarios del Minrex argumentaron que se mantiene la prórroga de la estancia ininterrumpida en el exterior por más de 24 meses que comenzó a aplicarse en la etapa de la pandemia de coronavirus.

Medidas migratorias que entrarán en vigor a partir del 1 de julio

  • Extender validez del pasaporte a 10 años para mayores de 16 años, y 5 años para menores de edad. Eliminar el requisito de la prórroga y disminuir el costo del pasaporte en consulados, fijando arancel en 180 USD/Euros para mayores 16 años y 140 USD/Euros para menores.
  • Equiparar tiempo de estancia en Cuba de cubanos residentes en el exterior y sus familiares extranjeros (cónyuges e hijos).
  • Establecer, para emigrados antes 01/01/1971, uso de pasaporte cubano al ingresar a Cuba; según nueva Constitución.

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